El Ministerio de Sanidad ha iniciado el proceso de audiencia pública para la revisión del proyecto de real decreto que actualiza, casi dos décadas después, la relación laboral especial de los residentes en Ciencias de la Salud. Esta modificación busca adaptarse a las nuevas realidades del Sistema Nacional de Salud.
Entre las principales modificaciones se encuentran cambios en la planificación de la jornada laboral, el régimen de guardias, los descansos, las retribuciones y la prevención de riesgos laborales. El objetivo es mejorar las condiciones laborales y formativas de los profesionales en formación.
Jornada laboral y descansos garantizados
Una de las novedades más relevantes es el reconocimiento del derecho de los residentes a conocer la distribución de su jornada con al menos dos meses de antelación. La jornada ordinaria no podrá exceder las 35 horas semanales en promedio anual, estableciéndose por convenio colectivo o siguiendo lo estipulado para el personal estatutario del servicio de salud correspondiente.
Además, se refuerzan los descansos mínimos: entre jornadas debe haber al menos 12 horas continuas y 24 horas ininterrumpidas cada semana. Si no se puede disfrutar este descanso semanal, deberá compensarse en un plazo máximo de 14 días.
Regulación y límites en las guardias
El nuevo proyecto también limita y regula mejor las guardias. Estas deberán estar orientadas a la formación y vinculadas a la adquisición de competencias específicas del programa formativo. Las guardias no podrán superar las 17 horas y, si son consecutivas a la jornada ordinaria, ambas sumadas tampoco podrán exceder ese límite.
Se establece un máximo general de 68 horas mensuales para guardias, distribuidas equilibradamente durante el mes. En casos excepcionales, se podrá añadir una guardia adicional siempre que haya justificación docente y con el consentimiento expreso del residente.
Control horario y formación centrada en el paciente
Para asegurar el cumplimiento de los límites establecidos, los centros sanitarios deberán implementar sistemas efectivos de control horario accesibles para los residentes. Ante incumplimientos reiterados, se podrán tomar medidas correctivas en las unidades docentes correspondientes.
La actividad asistencial deberá organizarse priorizando los objetivos formativos del residente. Cualquier reducción horaria por motivos personales deberá garantizar que el residente complete todas sus competencias formativas.
Aumento retributivo y protección social
En cuanto a la retribución, se mejora el complemento por grado de formación desde el primer año. Este incremento estará vinculado a los conocimientos y responsabilidades adquiridas progresivamente durante la residencia. Los porcentajes mínimos serán del 10% en primer año hasta llegar al 50% en quinto año.
Asimismo, se asegura que los residentes recibirán el 100% de sus retribuciones desde el primer día en situaciones como incapacidad temporal o cuidado de menores. Durante vacaciones también percibirán su remuneración normal o media según lo establecido por cada servicio de salud.
Prevención integral y protocolos específicos
La reforma incluye medidas específicas para prevenir riesgos psicosociales entre el personal residente. Las entidades responsables deberán realizar evaluaciones cada dos años y adoptar medidas preventivas adecuadas. Además, se fomentarán espacios grupales para apoyo profesional que contarán como tiempo formativo.
También se contemplan protocolos ante incidentes que puedan comprometer la integridad física o mental del residente, asegurando un análisis confidencial y seguimiento adecuado tras cualquier evento adverso.
Implementación gradual
El nuevo decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación oficial. Sin embargo, las modificaciones relacionadas con la jornada laboral y descansos comenzarán a aplicarse a partir del 1 de septiembre de 2027, mientras que la actualización retributiva será efectiva desde el 1 de enero del mismo año.
La noticia en cifras
| Descripción |
Cifra |
| Horas máximas semanales de jornada ordinaria |
35 horas |
| Horas mínimas de descanso entre jornadas |
12 horas |
| Horas mínimas de descanso semanal |
24 horas |
| Máximo de horas mensuales de guardia |
68 horas |
| Máximo de horas semanales (jornada + guardias) |
45 horas |
Preguntas sobre la noticia
¿Qué cambios introduce la reforma en la jornada laboral de los residentes?
La reforma establece que la jornada ordinaria no podrá superar las 35 horas semanales de promedio anual y reconoce el derecho de los residentes a conocer la distribución de su jornada con al menos dos meses de antelación.
¿Cuáles son los nuevos límites para las guardias de los residentes?
Las guardias estarán limitadas a un máximo de 68 horas mensuales, no podrán superar las 17 horas de trabajo y se deberán realizar como jornada adicional a la ordinaria. Además, tras una guardia, no se podrá exigir realizar la jornada ordinaria prevista a continuación.
¿Cómo se mejoran los descansos para los residentes?
Se refuerzan los descansos mínimos, estableciendo al menos 12 horas de descanso continuo entre jornadas y 24 horas ininterrumpidas cada semana. Si este descanso no puede disfrutarse, deberá compensarse en un plazo máximo de 14 días.
¿Qué cambios se realizan en el régimen retributivo de los residentes?
Se mejora el complemento de grado de formación desde el primer curso, vinculado a los conocimientos adquiridos durante la residencia. Los porcentajes mínimos del complemento serán del 10% en el primer año hasta un 50% en el quinto año.
¿Qué medidas se implementan para la prevención de riesgos psicosociales?
La reforma incluye una disposición específica sobre riesgos psicosociales, exigiendo evaluaciones cada dos años y garantizando espacios grupales de apoyo profesional para prevenir estos riesgos.