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El Gobierno moderniza la financiación de productos sanitarios en farmacias
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El Gobierno moderniza la financiación de productos sanitarios en farmacias

miércoles 11 de febrero de 2026, 16:00h

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El Gobierno de España ha aprobado un Real Decreto que moderniza la financiación de productos sanitarios en la prestación farmacéutica, actualizando una normativa vigente desde 1996. Esta nueva regulación establece un marco claro para la inclusión y exclusión de productos, priorizando criterios de eficiencia y sostenibilidad dentro del Sistema Nacional de Salud. Los productos financiables deben cumplir requisitos específicos, como ser fabricados en serie y requerir receta médica. La norma también garantiza el suministro de estos productos y establece márgenes fijos para su distribución, buscando mejorar el acceso a innovaciones sanitarias. La implementación comenzará el 1 de julio de 2026, con un calendario escalonado hasta 2028.

El Consejo de Ministros aprueba un nuevo Real Decreto

El Consejo de Ministros ha dado luz verde a un Real Decreto que regula el procedimiento de financiación selectiva de productos sanitarios en la prestación farmacéutica, dirigido a pacientes no hospitalizados. Esta normativa actualiza un marco regulador que había permanecido vigente desde 1996, adaptándolo a las necesidades contemporáneas del Sistema Nacional de Salud (SNS). La nueva regulación prioriza criterios de eficiencia, sostenibilidad y valor clínico.

Con esta medida, se deroga la normativa anterior, que había quedado obsoleta tras casi tres décadas de evolución normativa y tecnológica. El decreto establece un sistema claro y homogéneo para la inclusión, modificación y exclusión de productos sanitarios en la prestación farmacéutica, además de reforzar el sector industrial y fomentar políticas de investigación e innovación.

Productos incluidos en la financiación

Para ser financiado, un producto sanitario debe encuadrarse dentro de una de las cuatro categorías definidas por la norma: materiales de cura; productos destinados a la aplicación de medicamentos; productos para la recogida de excretas y secreciones; y utensilios para la protección o reducción de lesiones internas.

Estos productos se dividen en dos grupos según el tipo de aportación del usuario:

  • Aportación del usuario según su renta: Incluye artículos comunes como algodones, gasas, vendas, apósitos y otros elementos relacionados con la protección de lesiones.
  • Aportación reducida: Comprende productos destinados a cubrir necesidades crónicas o específicas, como aparatos de inhalación, sondas y bolsas para recogida de orina, entre otros.

Requisitos para la financiación pública

Los productos sanitarios que opten por financiación a través del SNS deben cumplir ciertos requisitos:

  • Fabricación seriada: Solo se financiarán aquellos que cuenten con el marcado CE y cumplan con la regulación vigente.
  • Prohibición de publicidad: No pueden ser objeto de publicidad dirigida al público general.
  • Prescripción médica: Es necesario contar con receta médica para su financiación.

Dicha financiación no es automática; requiere una resolución administrativa expresa. Además, se llevará a cabo una evaluación técnica y económica que valore aspectos como la utilidad clínica y el impacto presupuestario en el SNS.

Novedades del nuevo sistema

La nueva norma busca desbloquear una situación prolongadamente desatendida al permitir la incorporación de nuevos ofertantes y productos al SNS. Esto fomentará tanto la competitividad como el acceso a innovaciones en este ámbito. También establece un marco jurídico más transparente y seguro para los productos sanitarios, destacando la intervención activa de la Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos en la fijación de precios.

A su vez, se introduce una obligación expresa garantizando el suministro continuo de los productos financiados. Las empresas deberán asegurar el abastecimiento tras su entrada al mercado y podrán sustituirlos por alternativas similares en casos excepcionales.

Cambio estructural en retribución

La norma también implementa un cambio significativo en cómo se retribuye a la cadena de suministro mediante márgenes fijos para distribución y dispensación. Este ajuste beneficiará la disponibilidad nacional de estos productos independientemente del lugar donde resida el paciente.

Calendario de implementación

La nueva regulación entrará en vigor el 1 de julio de 2026. Sin embargo, se establecerá un calendario escalonado hasta 2028 para incluir nuevos productos y revisar precios existentes. Este proceso comenzará con bolsas para orina y cánulas en 2026, finalizando con productos relacionados con ostomía en 2028.

A través de esta regulación, el Gobierno busca crear un marco claro que favorezca la confianza entre todos los actores involucrados y garantice un sistema sanitario más equitativo y accesible.

Preguntas sobre la noticia

¿Qué es el Real Decreto aprobado por el Gobierno?

El Real Decreto regula el procedimiento de financiación selectiva de los productos sanitarios en la prestación farmacéutica para pacientes no hospitalizados, actualizando un marco regulador vigente desde 1996.

¿Cuáles son las categorías generales de productos sanitarios que pueden ser financiados?

Los productos deben pertenecer a una de las cuatro categorías: materiales de cura; productos destinados a la aplicación de medicamentos; productos para la recogida de excretas y secreciones; y utensilios para la protección o reducción de lesiones o malformaciones internas.

¿Qué requisitos deben cumplir los productos sanitarios para ser financiados?

Los productos deben ser fabricados en serie, tener marcado CE, no pueden ser objeto de publicidad dirigida al público general y deben requerir receta médica para su dispensación.

¿Qué novedades introduce el nuevo sistema de financiación?

El nuevo sistema permite la incorporación de nuevos ofertantes y productos, fomenta la competitividad, garantiza el suministro y establece márgenes fijos para la distribución y dispensación.

¿Cuándo entrará en vigor esta norma?

La norma entrará en vigor el 1 de julio de 2026, con un calendario escalonado para la inclusión de nuevos productos entre 2026 y 2028.

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